Tal vez sea cierto que hemos visto muchas películas, leido muchos comics y jugado muchos videojuegos al respecto, lo que sólo ha hecho aumentar nuestra psicosis y creemos que las cosas están muy mal.
También está la gente que quiere creer que todo esto es un simulacro (creanme, yo también quiero creer que no hay riesgo)
También está la gente que quiere creer que todo esto es un simulacro (creanme, yo también quiero creer que no hay riesgo)
Mientras todos los aeropuertos que se acondicionaron en la época del SARS ya están haciendo un análisis termográfico, el gobierno Mexicano tiene poderes especiales para combatir la crisis.
La Secretaría de Gobernación publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto mediante el cual el Poder Ejecutivo asume el control de las acciones en el país para prevenir, controlar y combatir el virus de la influenza.
El documento, publicado en una edición extraordinaria del Diario Oficial, contiene 13 medidas y ordenamientos, entre ellos, la posibilidad de clausura temporal de sitios con alta concentración de personas como locales o centros de espectáculos.
El decreto, firmado por el presidente Felipe Calderón y el secretario de salud, José Ángel Córdova Villalobos, entra en vigor este mismo sábado y contiene lo siguiente:
El decreto, firmado por el presidente Felipe Calderón y el secretario de salud, José Ángel Córdova Villalobos, entra en vigor este mismo sábado y contiene lo siguiente:
I. El aislamiento de personas que puedan padecer la enfermedad y de los portadores de gérmenes de la misma, por el tiempo que resulte estrictamente necesario, así como la limitación de sus actividades, cuando así se amerite por razones epidemiológicas.
II. La aplicación de sueros, vacunas y otros recursos preventivos y terapéuticos.
III. La inspección de pasajeros que puedan ser portadores de gérmenes, así como de equipajes, medios de transporte, mercancías y otros objetos que puedan ser fuentes o vehículos de agentes patógenos.
IV. El ingreso a todo tipo de local o casa habitación para el cumplimiento de actividades dirigidas al control y combate de la epidemia.
V. La utilización de todos los recursos médicos y de asistencia social de los sectores público, social y privado existentes.
VI. La adquisición a nivel nacional o internacional, de equipo médico, agentes de diagnóstico, material quirúrgico y de curación y productos higiénicos, así como todo tipo de mercancías, objetos, bienes y servicios que resulten necesarios para hacer frente a la contingencia, sin necesidad de agotar el procedimiento de licitación pública, por las cantidades o conceptos necesarios para afrontarla.
VII. Importar y autorizar la importación de los bienes y servicios citados en el inciso anterior, sin necesidad de agotar trámite administrativo alguno, por las cantidades o conceptos necesarios para afrontar la contingencia objeto de este decreto.
VIII. Ordenar las medidas atingentes a fin de evitar congregaciones de personas en cualquier lugar de reunión, incluyendo la clausura temporal de locales o centros de espectáculo.
IX. La encomienda a las autoridades federales, estatales y municipales, así como a los profesionales técnicos y auxiliares de las disciplinas para la salud, el desempeño de las actividades que estime necesarias.
X. La regulación del tránsito terrestre, marítimo y aéreo, así como disponer libremente de todos los medios de transporte de propiedad del Estado y de servicio público, cualquiera que sea el régimen legal a que estén sujetos estos últimos.
XI. La utilización libre y prioritaria de los servicios telefónicos, telegráficos y de correos, así como las transmisiones de radio y televisión, estableciendo las directrices informativas necesarias a fin de transmitir clara y oportunamente las medidas que se adopten para afrontar la contingencia.
Transmiciones constantes e información diaria por TV y Radio
Los horarios, frecuencias y canal programados para este fin serán los siguientes:
Domingo 26 de abril
17:00 a 19:00 horas por la frecuencia 105 de FM Reactor estación del Instituto Mexicano de la Radio (IMER).
19:00 a 21:00 horas por el Canal 11 del Instituto Politécnico Nacional.
A partir del 27 de abril y de manera permanente hasta que sea necesario, se seguirá la siguiente programación:
Televisión Canal 11: 7:00 a 9:00 horas; 13:00 a 15:00 horas; 19:00 a 21:00 horas.
Radio: IMER bajo las frecuencias 105 FM y 107.9 FM de 10:00 a 12:00 horas; 17:00 a 19:00 horas.
Se han dispuesto diversas formas de contacto con estos medios de comunicación que estarán al servicio de la ciudadanía.
En el caso del Canal 11 del Instituto Politécnico Nacional, el Centro Nacional Telefónico en el número: 51 66 40 00. Así como el número sin costo: 01 800 22 62 511.
Además de la página de internet oncetv.ipn.mx en donde estará disponible un blog de atención permanente, y en el correo electrónico info@mail.oncetv.ipn.mx.
Para el caso del IMER, estarán disponibles los números telefónicos: 56 28 17 36, 56 28 17 37. Así como los números sin costo: 01800 500 46 37.
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Domingo 26 de abril
17:00 a 19:00 horas por la frecuencia 105 de FM Reactor estación del Instituto Mexicano de la Radio (IMER).
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A partir del 27 de abril y de manera permanente hasta que sea necesario, se seguirá la siguiente programación:
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Radio: IMER bajo las frecuencias 105 FM y 107.9 FM de 10:00 a 12:00 horas; 17:00 a 19:00 horas.
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En el caso del Canal 11 del Instituto Politécnico Nacional, el Centro Nacional Telefónico en el número: 51 66 40 00. Así como el número sin costo: 01 800 22 62 511.
Además de la página de internet oncetv.ipn.mx en donde estará disponible un blog de atención permanente, y en el correo electrónico info@mail.oncetv.ipn.mx.
Para el caso del IMER, estarán disponibles los números telefónicos: 56 28 17 36, 56 28 17 37. Así como los números sin costo: 01800 500 46 37.
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